Derechos del individuo frente a derechos de la colectividad

08 Feb 2022

La conocida como segunda enmienda a la Constitución de los Estados Unidos de América reconoce el derecho individual de cualquier ciudadano norteamericano a portar armas, estableciendo que ni el gobierno federal de USA, ni los gobiernos estatales, pueden infringir, ni limitar, el derecho individual al uso de armas como elemento de legitima defensa.

La pretendida incompatibilidad entre ambos tipos de derechos (colectivos vs. individuales), no es admisible” (Gros Espiell, relator especial de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección de las Minorías de la ONU)

segunda enmienda

Más allá de las consecuencias de esa Ley y la norma que impone en la sociedad norteamericana, en cualquiera de sus efectos y, especialmente, el número de víctimas por el uso de esas armas, año tras año, no hay otra norma jurídica, en todo el mundo, que exprese un contrapunto más radical al derecho individual por encima del derecho de la colectividad de un país, o en el marco de un estado, una ciudad o una población.

Cualquier arma mata, y la paradoja que en un país como EE.UU. que pasa por ser la primera potencia mundial, a pesar de todo, es que la tenencia de esas herramientas mortales es defendida en la norma legal más arraigada allí.

Derechos del individuo frente a derechos de la colectividad

Cualquier arma mata, y la paradoja que en un país como EE.UU. es que la tenencia de esas herramientas mortales es defendida en la norma legal más arraigada allí.

Visto desde Europa, chirría mucho el hecho de que un derecho individual pueda imponerse al derecho de la colectividad, especialmente a la vista de la estadística oficial que contabilizó más de 43.000 muertos por armas de fuego en USA en el año 2020, convirtiendo al año de la pandemia por Coronavirus Covid-19 en el más mortífero, por disparos, en los últimos 20. ¿Vale más el derecho individual a la legitima defensa de cualquier individuo en el desierto de Nevada o la vida de cualquier persona que por determinada circunstancia pueda cruzarse en el lugar y momento menos adecuado, con la persona equivocada?.

negacionistasPero esta dicotomía entre derechos individuales frente a derechos de la colectividad, tiene hoy un nuevo escenario para su paradoja, generado por la crisis del Coronavirus Covid-19 que ha arrasado nuestro mundo contemporáneo en esta tercera década del siglo XXI, ¿se debe imponer el derecho de cualquier individuo a no vacunarse, frente a la legitimidad de la colectividad para preservar el salud del conjunto frente a una decisión personal?, ¿tiene derecho un sujeto, de forma individual, a poner en riesgo la salud de la colectividad en cualquier franja de edad?, desde luego la respuesta es, como poco, contradictoria, en el criterio de quien, modestamente, escribe éstas líneas, no priorizando el interés general por encima del particular de cada individuo, pero tampoco este autor pretende estar en posesión de la verdad absoluta, cuestión que desde otras posiciones sí parece defenderse como argumento máximo.

¿Tiene derecho un sujeto, de forma individual, a poner en riesgo la salud de la colectividad en cualquier franja de edad?

Derechos del individuo frente a derechos de la colectividadComo ejemplo de la paradoja expresada en el párrafo anterior tenemos el caso personalizado por Novak Djokovic, tenista que encabeza el ranking mundial de ese deporte, pero que más allá de ello, su estatus no le puede suponer una “patente de corso” para no cumplir con las leyes que sí son vigentes para el resto de ciudadanos del mundo, sea cual sea su origen, sea cual sea su situación económica, y sea cual sea su posición social en este pequeño planeta del sistema solar. Se trata de un tenista, quizás el mejor del mundo en este momento, más allá de Rafael Nadal y Roger Federer, pero ello no supone que deba estar en posición de la verdad, y mucho menos poniendo en riesgo la salud de terceros de buena fé.

¿Cuál es el derecho de un individuo a no seguir la norma general de las autoridades sanitarias de determinado país o territorio, para incumplir con las recomendaciones dadas a nivel general y poner en riesgo la salud de la mayoría social del espacio vital donde vive y reside?. Le respuesta, como mínimo, es que sería dudoso, por eso no se entiende que hoy en España, como en cualquier otro país del mundo, especialmente en Europa y Estados Unidos, haya sanitarios que sean negacionistas y no se vacunen mientras atienden en centros de salud a terceros que acuden de buena fé, acaso ¿es diferente el riesgo de contagio a esos pacientes, seguramente inconscientes de ese peligro, que el uso de una especie de arma letal programada de forma aleatoria?.

¿Cuál es el derecho de un individuo a no seguir la norma general de las autoridades sanitarias de determinado país o territorio, para incumplir con las recomendaciones dadas a nivel general y poner en riesgo la salud de la mayoría social del espacio vital donde vive y reside?

Derechos del individuo frente a derechos de la colectividadSi usted es negacionista y lo hace por convicción, es posible que la jurisprudencia, en este momento vital de nuestra buenrrollista contemporaneidad, le asista, pero antes de salir, cada día de su casa, piense en los riesgos que pone a cada persona que se cruce con usted; personalmente pienso que la empresa, con un determinado NIF, que a usted le pague un salario debería ser exigente con el derecho de la comunidad social, de la cual vive, pero acepto poder estar equivocado, aunque algo me dice que el  derecho de miles de ciudadanos, incluso decenas o centenas de miles, siempre debería estar por encima de la decisión de determinado individuo y, si no, imagínese usted en Europa, mejor en España, exactamente en la calle donde usted vive, a alguien que, cada día, deambule esgrimiendo una pistola, cargada, simplemente en uso de su legitima defensa…¿usted lo admitiría?, pero en Estados Unidos sí, y esa, de momento, es nuestra gran diferencia con ellos.

 

Artículo publicado en @elespanolcom el 13/02/2022: https://www.elespanol.com/blog_del_suscriptor/opinion/20220213/derechos-individuo-frente-derechos-colectividad/650004995_7.html

 

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